Mi estilo de aprendizaje

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Monitoria

Yo escogí y me intereso ya que mediante la monitoria se entiende el conjunto de actividades mediante los aprendices son seleccionado ya que apoyan el progreso de formación a través de actividades complementarias para que los aprendices alcance mayores niveles de calidad en todo los elementos que contribuyen el proceso de aprendizaje.

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Casos De La Estacion #3


Caso #2
¿En qué capítulo, artículo e ítems del Reglamento de Aprendices, se debe amparar Nicolás para hacer dicha solicitud de manera respetuosa y formal?
Respuesta
El aprendiz que este en desacuerdo con la evaluación de su formación emitida Por el instructor, podrá ejercer el derecho a que se le revisen los resultados, Siguiendo el procedimiento:
 Presentar solicitud de forma escrita al instructor y a través del sistema de gestión de la formación, para la revisión del instructor, orientador del proceso de aprendizaje que emitió la evaluación, dentro de dos (2) días hábiles siguientes a la publicación o entrega de la misma, argumentación los fundamentos del desacuerdo.
 Esta solicitud debe ser contestada por el Instructor, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de presentación por parte del Aprendiz.
Si la solicitud no es contestada dentro del término anterior, o si persiste el desacuerdo con la respuesta recibida, el Aprendiz podrá solicitar mediante escrito dirigido al Coordinador Académico o rol correspondiente a la modalidad del programa de formación, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes, la asignación de un segundo evaluador que revise la evaluación realizada inicialmente; la decisión del segundo evaluador es definitiva para la evaluación del Aprendiz y debe ser emitida a más tardar dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de la solicitud presentada por el Aprendiz.


Caso#4
De acuerdo con el reglamento de aprendices, explique a los compañeros lo siguiente:
¿Cuáles son las medidas formativas y en qué consisten?
¿Cuáles son las sanciones que pueden imponerse a los aprendices por faltas académicas o disciplinarias?
¿Mencione por lo menos dos estímulos o incentivos que el SENA ha adoptado para beneficios de los aprendices y que casos se otorgan?

Respuesta
MEDIDAS FORMATIVAS: Las medidas formativas son aquellas acciones que se aplican al Aprendiz Sena cuando se trate de hechos que contraríen en menor grado el orden académico o disciplinario, sin afectar los deberes, derechos y prohibiciones, o que se adopta con el fin de prevenir su ocurrencia, o con el fin de generar cambios en el desempeño académico o en el comportamiento disciplinario del Aprendiz.
Llamado de atención verbal: Cuando se trate de hechos que contraríen en menor grado el orden académico o disciplinario, sin afectar los deberes, derechos y prohibiciones, o cuando sea necesario para prevenir la ocurrencia de hechos que vulneren esos deberes, derechos y prohibiciones, el Aprendiz podrá recibir un llamado de atención verbal por parte del (los) Instructor, el Coordinador Académico, el(los) responsable(s) de Bienestar, o el Subdirector del Centro.

Este llamado de atención verbal no constituye una sanción.

 Plan de Mejoramiento académico: Es una medida adoptada para definir acciones de formación, previo agotamiento de estrategias pedagógicas del Instructor e iniciativas del Aprendiz, el Plan de Mejoramiento es un documento que consigna acciones concertadas entre el Aprendiz y el Instructor o el Coordinador Académico, que se formula durante la ejecución del programa de formación para garantizar el logro de los resultados de aprendizaje, el cual deberá ejecutarse dentro del término de un (1) mes, contado a partir de la concertación del mismo con el Aprendiz.

Cuando se le ha realizado un llamado de atención escrito o condicionamiento de matrícula; el Plan de Mejoramiento será firmado por el Aprendiz. El Plan de Mejoramiento deberá contemplar nuevas actividades de aprendizaje, para el logro de los objetivos del proceso formativo; se deben identificar el o los resultados de aprendizaje que no han sido alcanzados y las evidencias de aprendizaje que debe presentar el aprendiz para evaluar su logro.

Será responsabilidad del equipo de Instructores o del Coordinador que haya designado el Subdirector de Centro en el acto sancionatorio, participar en la definición de este plan de mejoramiento, evaluar el avance y el logro de los resultados de aprendizaje definidos en este plan.

Plan de mejoramiento disciplinario: Es una medida adoptada para definir acciones de carácter comporta mental  actitudinal o social, para propiciar en el Aprendiz cambios en su conducta, cuando se le ha impuesto sanción disciplinaria consistente en llamado de atención escrito o condicionamiento de matrícula; este Plan debe ser firmado por el Aprendiz y deberá contemplar la falta cometida y las evidencias de cambio en el comportamiento que se esperan en un período máximo de un (1) mes, contado a partir de la concentración respectiva.

Será responsabilidad del Instructor o del Coordinador que haya designado el Subdirector de Centro en el acto sancionatorio, participar en la definición de este Plan de Mejoramiento, evaluar el avance y el logro de los resultados comporta mentales definidos en este plan.





SANCIONES: Las sanciones son las medidas adoptadas por el Sena ante una falta académica o disciplinaria; tienen cobertura nacional en la Institución y deben registrarse en el sistema de gestión de la formación.
La sanción que se imponga al Aprendiz debe ser proporcional a la gravedad de la falta.

Estas sanciones deben ser registradas en el sistema de gestión de la formación y en caso de que el Aprendiz tenga contrato de aprendizaje, debe adicional mente registrarse en el Sistema de Gestión Virtual de Aprendices e informársela a la respectiva empresa.

Las sanciones que pueden imponerse por faltas académicas o disciplinarias son:

Llamado de atención escrito: Medida sancionatoria que se impone a través de comunicación escrita dirigida por el Coordinador Académico o de Formación del Centro al Aprendiz, con copia a la hoja de vida, como resultado del procedimiento establecido en este Reglamento, por la falta académica o disciplinaria cometida por un Aprendiz. Los llamados de atención escrito implican compromisos escritos por parte del Aprendiz en el proceso de formación.

 Condicionamiento de la matrícula: Acto académico sancionatorio que se impone al Aprendiz que incurra en una falta académica o disciplinaria, previo agotamiento del procedimiento establecido en este Reglamento.
El condicionamiento de matrícula cesa cuando el Aprendiz cumple el plan de mejoramiento concertado y/o compromisos escritos.

Una vez quede en firme el condicionamiento de la matrícula, el Subdirector del Centro debe generar la pérdida de estímulos e incentivos que esté recibiendo el Aprendiz, si los tuviere. Esta decisión será determinada en el acto académico que ordene el condicionamiento de matrícula.

 Cancelación de la matrícula:Acto administrativo que se origina cuando persisten en el Aprendiz las causales que originaron el condicionamiento de matrícula o por faltas catalogadas como graves de acuerdo a la clasificación determinada en los artículos 25 y 26 del Reglamento, en las etapas lectiva y productiva. Implica que la persona sancionada pierde la condición de Aprendiz y no puede participar en procesos de ingreso a la institución por periodo entre 6 y 12 meses cuando es de índole académico y entre 12 y 24 meses cuando es de índole disciplinaria, de acuerdo a las recomendaciones del comité de evaluación y seguimiento.


Estímulos o Incentivos
De apoyo a una unidad productiva familiar, donde el aprendiz pueda aplicar en las actividades que desarrollan las competencias adquiridas durante el proceso de formación en este caso el aprendiz hace su propia concentración con la unidad productiva sobre las condiciones de estadía esto es pago de algún auxilio económico o en especie y el certificado de cumplimiento de pasan tía lo brinda el responsable del aprendiz en la unidad productiva.
De apoyo a una institución estatal nacional, territorial o a una ONG, o a una entidad sin ánimo de lucro, para el desempeño de actividades practicas asociadas a su proceso de formación o el desarrollo de un proyecto productivo en un ambiente de formación facilitado por esta institución, donde el aprendiz hace su propia concentración  con la institución sobre las condiciones de estadía esto es pago de algún auxilio económico o en especie.


Mi Presentacion

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Diapositiva De Misión y Visión Del Sena